07/01/2026 | Press release | Distributed by Public on 07/01/2026 07:42
El Gobierno de Navarra recurrirá ante el Tribunal Supremo las tres sentencias en casación del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) en las que se estiman parcialmente las reclamaciones de responsabilidad patrimonial planteadas por el Hotel Palacio de Arozteguia S.L., la Junta de Compensación y Palacio de Arozteguia S.L., entidades que consideran que las obras para impulsar un proyecto hotelero en la localidad baztanesa de Lekaroz se frustraron porque la Policía Foral no las protegió debidamente del movimiento de oposición que generó esta iniciativa.
Así lo ha dado a conocer el vicepresidente primero, consejero de Presidencia e Igualdad y portavoz del Ejecutivo foral, en la rueda de prensa posterior a la sesión de gobierno de hoy. Según ha explicado, las sentencias aprecian una inactividad de la Administración de la Comunidad Foral, en concreto de la Policía Foral, al no evitar la producción de daños en los altercados que se produjeron por la oposición a este proyecto, lo que según los reclamantes han impedido su desarrollo.
Las tres reclamaciones alcanzaban un importe de 26.244.496 euros. En las sentencias emitidas, el TSJN reconoce un derecho al cobro por indemnización por responsabilidad patrimonial del 75%, es decir, alrededor de 18 millones de euros. Se reconoce una participación en la culpa de las reclamantes al no haber adoptado medidas para evitar los sabotajes, por lo que la indemnización se minora en un 25%.
Criterio diferente a la Audiencia Nacional
Las reclamaciones iniciales se plantearon ante el Gobierno de Navarra y la Administración General del Estado, al entender que había habido inactividad tanto por parte de la Policía Foral como de la Guardia Civil. Ambas administraciones desestimaron las reclamaciones, previos dictámenes del Consejo de Navarra y del Consejo del Estado respectivamente. Ambos órganos consultivos consideraron que jurídicamente no se daban los supuestos que daban lugar al reconocimiento de la responsabilidad patrimonial, eximiendo por tanto a ambas administraciones de responsabilidad.
En el caso de las reclamaciones frente a la Administración General del Estado, la Audiencia Nacional ya dictó sentencia desestimando las reclamaciones, basándose en que la intervención de las Fuerzas de Seguridad del Estado había sido conforme con los estándares normales y exigibles de actuación, que la empresa responsable del proyecto no adoptó ninguna medida de protección pese a las indicaciones recibidas al respecto desde estas mismas Fuerzas de Seguridad y que las obras eran ilegales, al declararse nula de pleno derecho la adjudicación de las mismas, tanto en vía administrativa como en vía judicial.
Por el contrario, en el caso de las reclamaciones ante la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJN ha estimado que hubo una inactividad de la Policía Foral, que al no parar los sabotajes ha influido en la paralización del proyecto generando un daño por las obras ejecutadas y un lucro cesante.
"Para el Gobierno de Navarra, llama la atención que el TSJN vaya en contra de la tesis argumental de las dos administraciones, de los dos órganos consultivos y de la Audiencia Nacional, que defendían que las actuaciones de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado fueron correctas, así lo señala la Audiencia Nacional en relación con la Guardia Civil, y que la obras eran ilegales", ha indicado Remírez, que también ha considerado reseñable que "por primera vez en años existe un voto particular" en la sentencia del TSJN en el que se sostiene que las reclamaciones deben de ser desestimadas.
"Este voto particular hace especial mención al tema de que las obras se ejecutaron por la promotora del proyecto conociendo que eran ilegales dado que la adjudicación había sido declarada nula de pleno derecho tanto en vía administrativa como en vía judicial, por haberse vulnerado los principios de transparencia e igualdad de trato", ha indicado Remírez.
Según ha explicado, la magistrada discrepante finaliza su voto particular señalando que la jurisprudencia exige para apreciar el daño efectivo generador de responsabilidad patrimonial que este sea real y no meramente hipotético y "aquí, por las razones expuestas, no se acredita la imposibilidad de continuar con el proyecto, que objetivamente pervive a día de hoy, por lo que, no acreditado el daño, no se puede apreciar la responsabilidad patrimonial reclamada", ha indicado Remírez.
El vicepresidente ha indicado que el Gobierno de Navarra "respeta, pero no comparte el fallo no unánime" de las sentencias y comparte "totalmente" el criterio manifestado en el voto particular. "Si como señala la Audiencia Nacional las labores de vigilancia y actuación de la Guardia Civil fueron correctas, los daños no se pueden achacar a falta de vigilancia", ha indicado Remírez.
El vicepresidente ha indicado que en las sentencias "se reconoce una indemnización por unas obras realizadas ilegalmente, nulas de pleno derecho". Además, como se señala en el voto particular, Remírez ha recordado que "la realidad, a día de hoy, es que el proyecto se puede retomar cuando se quiera porque las licencias siguen vigentes".