09/09/2026 | Press release | Distributed by Public on 09/09/2026 18:22
La Paz, septiembre de 2026.- ASFI aclaró que las retenciones de fondos por obligaciones tributarias municipales son dispuestas por la autoridad competente y canalizadas por ASFI a las entidades financieras para su ejecución. En el caso de La Paz, las órdenes fueron emitidas por la Administración Tributaria Municipal (ATM) para el cobro de deudas relacionadas con vehículos e inmuebles. Actualmente, alrededor de 160.000 cuentas están sujetas a estas órdenes de retención.
A continuación, todo lo que debes saber si te congelaron tu cuenta o retuvieron fondos:
1. ¿Quién ordena la retención de fondos?
La retención de fondos no es dispuesta por ASFI ni por las entidades financieras. La orden es emitida por la autoridad competente, de acuerdo con sus atribuciones legales y la naturaleza de la obligación. Estas instrucciones pueden provenir, entre otras, de autoridades judiciales, el Ministerio Público, el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), la Aduana Nacional, la Autoridad de Fiscalización del Juego (AJ) y los gobiernos autónomos municipales, como ocurre en el caso de la Administración Tributaria Municipal (ATM) del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.
2. ¿Cuál es la función de ASFI en una retención de fondos?
ASFI recibe y canaliza las instrucciones emitidas por la autoridad competente hacia las entidades financieras correspondientes y supervisa su cumplimiento, conforme a la normativa vigente. ASFI no determina, califica ni establece las deudas, obligaciones o responsabilidades que originan estas órdenes.
3. ¿Cómo se procesa una orden de retención?
Una vez que ASFI recibe la instrucción de retención, la canaliza el mismo día a las entidades financieras correspondientes. A partir de su recepción, las entidades financieras cuentan con 24 horas para ejecutar la orden, conforme al procedimiento establecido.
4. ¿Quién debe informar al consumidor financiero sobre la retención?
La autoridad competente que dispone la retención debe informar al usuario sobre la medida adoptada, a través de los canales oficiales que correspondan. Asimismo, una vez ejecutada la retención, la entidad financiera debe comunicar al consumidor financiero la aplicación de la medida en su cuenta.
5. ¿Qué información debe proporcionar la entidad financiera?
La entidad financiera debe informar al consumidor financiero sobre la medida aplicada, entregar una copia de la instrucción legal que originó la retención y explicar su origen, monto y motivo.
6. ¿Qué recursos están protegidos de una retención?
Las entidades financieras deben respetar los recursos correspondientes a sueldos, salarios, pensiones, jubilaciones y beneficios sociales que tienen carácter inembargable conforme a la Constitución Política del Estado (CPE) y las leyes, en los términos y condiciones establecidos por la legislación aplicable.
7. ¿Qué ocurre si la retención afecta recursos legalmente inembargables?
La entidad financiera debe proceder conforme a la normativa para su liberación, sin trasladar al consumidor financiero obligaciones que no le correspondan.
8. ¿Cómo se levanta una retención de fondos?
El levantamiento o descongelamiento de los fondos debe ser dispuesto por la autoridad competente que ordenó la retención. Esta debe emitir la instrucción correspondiente, que será recibida y canalizada por ASFI a la entidad financiera para su cumplimiento.
9. ¿Qué hace ASFI si una entidad financiera incumple sus obligaciones?
ASFI realiza inspecciones a las entidades financieras para verificar el cumplimiento de las disposiciones sobre atención e información a los consumidores financieros y protección de recursos legalmente inembargables. En caso de identificar incumplimientos, aplicará los procesos sancionatorios y las medidas correctivas que correspondan conforme a la normativa vigente.
10. ¿Qué debe hacer un consumidor financiero si tiene una retención en su cuenta?
Debe acudir a su entidad financiera y solicitar información sobre el origen, monto y motivo de la retención, así como una copia de la orden que sustenta la medida. Si la entidad no proporciona la información correspondiente o no cumple sus obligaciones, puede presentar su reclamo ante la propia entidad, utilizando los mecanismos de atención y reclamo establecidos.
ASFI reafirma su compromiso con la protección de los consumidores financieros y el cumplimiento de la normativa vigente, fortaleciendo la supervisión de las entidades financieras y las acciones de control que correspondan.