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06/24/2026 | Press release | Distributed by Public on 06/24/2026 16:32

Declaración conjunta del Gobierno de Belize y de la Republica de Guatemala

Contexto


Declaración conjunta del Gobierno de Belize y de la Republica de Guatemala

24 de junio de 2026

El documento original firmado está disponible aquí.

Nosotros, los gobiernos de Belice y de la República de Guatemala, representados por el Chief Executive Officer del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Exterior, Cultura, Ciencia y Tecnología de Belice y el Ministro de Relaciones Exteriores de la República de Guatemala, de ahora en adelante "las Partes", reunidos el 24 de junio de 2026 en la Ciudad de Panamá, con ocasión del quincuagésimo sexto período ordinario de sesiones de la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos (OEA).

Acordamos emitir la siguiente Declaración Conjunta:

Reafirmando nuestro pleno respeto por los propósitos y principios de las Cartas de las Naciones Unidas y de la Organización de los Estados Americanos, incluidos el respeto a la soberanía, la integridad territorial, la independencia política y la no intervención en los asuntos internos de los Estados, la prohibición de la amenaza o el uso de la fuerza, y la solución pacífica de controversias;

Recordando el conjunto de acuerdos suscritos entre las Partes en el marco del proceso, incluidos el Acuerdo para Establecer un Proceso de Transición y Medidas de Fomento de la Confianza de 2003; el Acuerdo Sobre un Marco de Negociación y Medidas de Fomento de la Confianza de 2005; y el Acuerdo Especial de 2008 para someter el reclamo territorial, insular y marítimo de Guatemala a la Corte Internacional de Justicia (CIJ) para su adjudicación definitiva, así como su Protocolo de 2015;

Reiterando nuestro pleno respeto por el derecho internacional y nuestra obligación, de aceptar la decisión de la CIJ como definitiva y vinculante, y de cumplirla e implementarla plenamente y de buena fe;

Reconociendo el importante rol y la contribución sostenida de la OEA en la promoción de la paz, la estabilidad y la confianza entre las Partes, incluido el apoyo esencial proporcionado por la Secretaría General de la OEA (SG/OEA) a través de la Oficina en la Zona de Adyacencia;

Reconociendo el valioso apoyo brindado por la comunidad internacional y el Grupo de Amigos de Belice y Guatemala, particularmente la Unión Europea y otros donantes, cuya cooperación sostenida a lo largo de más de dos décadas ha contribuido significativamente a preservar la paz y fortalecer la confianza entre ambos países;
Reconociendo asimismo que la adaptación y el fortalecimiento de la presencia de la SG/OEA en la fase posterior al fallo corresponde ser definida por las Partes, teniendo presente el alcance del mandato vigente de la Oficina en la Zona de Adyacencia;

Subrayando que la presente Declaración se enmarca en los compromisos ya asumidos;

Declaramos lo siguiente:

La OEA constituye un socio valioso y de confianza para las Partes. En ese sentido, hacemos un llamado a la Secretaría General a continuar ejerciendo su mandato de conformidad con el Acuerdo Sobre un Marco de Negociación y Medidas de Fomento de la Confianza de 2005.

Asimismo, las Partes destacamos la experiencia acumulada y las capacidades técnicas e institucionales desarrolladas por la SG/OEA a lo largo de este proceso, particularmente a través de la Oficina en la Zona de Adyacencia y su trabajo con las comunidades e instituciones de ambos países. En ese contexto, coincidimos en la importancia de continuar contando con el apoyo institucional de la SG/OEA en las etapas que correspondan con posterioridad al fallo de la CIJ, en consulta con las Partes y conforme a las decisiones que adoptemos.

Instamos a la Secretaría General a:

1. Continuar proporcionando apoyo en la implementación plena y efectiva del Acuerdo Sobre un Marco de Negociación y Medidas de Fomento de la Confianza de 2005 y de las medidas allí contenidas;

2. Respaldar los esfuerzos de las Partes para avanzar en la implementación de los Acuerdos de Placencia como base para fortalecer la cooperación bilateral;

3. Apoyar a las Partes en sus gestiones ante la comunidad internacional y los donantes para garantizar la continuidad operativa de la Oficina de la OEA en la Zona de Adyacencia hasta la emisión del fallo;

4. Desarrollar y fortalecer las capacidades nacionales y bilaterales en áreas de cooperación acordadas para la plena implementación del fallo, tales como la demarcación territorial, de conformidad con los acuerdos alcanzados por las Partes.

5. Brindar apoyo a las Partes, conforme a lo previsto en el Acuerdo Especial de 2008, en relación con la Comisión Binacional prevista en su artículo 5º, en todos los aspectos que las Partes acuerden.

6. Apoyar a las Partes en la prevención y resolución de conflictos y en la verificación de incidentes, de conformidad con los acuerdos vigentes y con el mandato de la Oficina de la OEA en la Zona de Adyacencia.

7. Apoyar a las Partes en la movilización de recursos y en todo lo relativo a la implementación del fallo, según lo que las Partes acuerden y requieran de la Organización de Estados Americanos.

En ese sentido, solicitamos a la Secretaría General de la OEA que, con el apoyo del Grupo de Amigos y la comunidad internacional, desempeñe un papel facilitador y de acompañamiento a las Partes en el cumplimiento de las obligaciones que emanen del fallo, en el marco de los acuerdos vigentes entre Belice y Guatemala, así como acuerdos futuros que puedan celebrar.

El documento original firmado está disponible aquí.

Referencia: D-015/26

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