09/29/2026 | Press release | Distributed by Public on 09/29/2026 09:07
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El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se autoriza la modificación de los límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley General Presupuestaria, con el fin de posibilitar al Comisionado de Salud Mental del Ministerio de Sanidad la tramitación de actuaciones en materia de salud mental.
De acuerdo con el artículo 11 del Real Decreto 718/2024, de 23 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad, el Comisionado de Salud Mental es el órgano del departamento al que corresponde desarrollar las líneas estratégicas en salud mental del Departamento.
El pasado 9 de junio de 2026 el Consejo de Ministros aprobó el acuerdo por el que se modificaban los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para adquirir gastos con cargo a ejercicios futuros en el Ministerio de Sanidad, al objeto de posibilitar al Comisionado de Salud Mental la tramitación de diferentes contratos de servicios en materia de salud mental. En virtud de este Acuerdo, el límite máximo de compromisos a adquirir quedó establecido como se indica a continuación:
| Año | Límite de compromiso máximo a adquirir (€) |
2028 5.408.360,18
2029 1.841.510,02
Con posterioridad a la aprobación de este Acuerdo, el Comisionado de Salud Mental ha estimado necesaria la actualización de los cálculos económicos asociados a determinados expedientes, en particular, se ha procedido a revisar el coste del expediente relativo al 'Servicio de la línea 024 de ayuda a personas con riesgo de conducta suicida', como consecuencia de los convenios colectivos laborales de aplicación.
Además, ha surgido la necesidad de impulsar actuaciones de apoyo psicosocial y atención comunitaria en salud mental dirigidas a personas, familias y comunidades afectadas por incendios forestales de 2026 mediante la celebración de un convenio de colaboración.
Para poder incorporar las nuevas necesidades, se solicita una nueva elevación de límites de compromisos de gastos de carácter plurianual, conforme a lo previsto en la Ley General Presupuestaria, con el detalle siguiente:
| Aplicación 26.06.313B.22 | 2027 | 2028 | 2029 |
| Nuevas necesidades | 8.932.625,14 | 9.382.757,97 | 2.149.399,50 |
| Compromisos ya adquiridos | 4.193.732,61 | 49.243,49 | - |
| Límite de compromiso máximo a adquirir | 13.126.357,75 | 9.432.001,46 | 2.149.399,50 |
Por lo expuesto, al superarse en los ejercicios 2027, 2028 y 2029 los límites establecidos en el apartado 2 del artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, se ha solicitado la autorización del Consejo de Ministros para elevar el límite de compromisos máximos de gasto.
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