02/03/2026 | Press release | Distributed by Public on 02/03/2026 03:53
Una de las oficinas de atención a las víctimas de accidentes ferroviarios habilitadas para ayudar en las solicitudes.
El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha abierto el plazo para solicitar las ayudas destinadas a las víctimas de los accidentes ferroviarios ocurridos en Adamuz (Córdoba) y Gelida (Barcelona), en el marco de lo previsto en el Real Decreto ley 1/2026, de 27 de enero, aprobado recientemente por el Consejo de Ministros.
Desde el 3 de febrero de 2026 puede llevarse acabo la tramitación, que se puede realizar en la página web del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible o presencialmente, tras la publicación en la sede electrónica del ministerio de la Resolución del Secretario de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible que articula el procedimiento y tendrá una duración de tres meses, finalizando el 4 de mayo. No obstante, los interesados, dentro del plazo anterior, podrán solicitar una ampliación hasta la mitad del plazo inicial establecido de forma motivada, de acuerdo con los límites previstos en el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Estas ayudas tienen como objetivo ofrecer un respaldo económico inmediato a las personas afectadas y a sus familias, reducir la incertidumbre económica derivada de los accidentes y facilitar una tramitación ágil y accesible por parte de la Administración.
Personas beneficiarias y supuestos cubiertos
Las ayudas están dirigidas a:
El procedimiento contempla una ayuda directa y no reembolsable en los supuestos de lesiones y fallecimiento, así como un anticipo de las indemnizaciones por responsabilidad civil.
Estas ayudas son compatibles con el Seguro Obligatorio de Viajeros, con las futuras indemnizaciones por responsabilidad civil y con otras ayudas o seguros públicos o privados que pudieran corresponder.
Tramitación simplificada
Las solicitudes podrán presentarse por vía telemática, a través del formulario disponible en la Sede Electrónica del Ministerio o presencialmente, utilizando asimismo los formularios habilitados a tal fin.
Se deberá presentar una solicitud por cada persona beneficiaria que tenga derecho a la ayuda. En caso de que una persona pueda ser beneficiaria por varias causas, podrá realizarse una única solicitud incluyendo todas, sin perjuicio de que cada una de las ayudas que le correspondan se pueda conceder de forma independiente.
La solicitud la podrá presentar la persona beneficiaria o un representante, si así le autoriza, o cuando no tuviera plena capacidad de obrar, la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela o, en caso de haber fallecido estos en el accidente, la persona o institución que la ejerza de manera temporal.
Además, y siempre que las personas solicitantes lo autoricen, la Administración recabará de oficio la información y documentación necesaria, evitando en la medida de lo posible que los beneficiarios tengan que aportar documentos que ya obren en poder de otras administraciones o entidades, con pleno respeto a la normativa de protección de datos personales.
Con el fin de facilitar el acceso a las ayudas y acompañar a las personas afectadas, con la colaboración del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, se ha impulsado la creación de oficinas de atención integral a las víctimas en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de las comunidades autónomas con personas afectadas por los accidentes, con especial atención en las provincias de Huelva y Barcelona, que prestarán apoyo directo en la tramitación y resolverán dudas durante todo el proceso, poniendo a disposición también números de teléfono para la realización de consultas telefónicas. Direcciones:
Información disponible para la solicitud de las ayudas
Toda la información relativa al procedimiento y a las ayudas, incluida una guía para su aplicación y las preguntas frecuentes, así como los formularios de solicitud, puede consultarse en la Sede Electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible y en las oficinas de atención integral habilitadas para las víctimas.