Asamblea Nacional del Ecuador

09/08/2026 | Press release | Distributed by Public on 09/08/2026 16:46

DINARP informa sobre la categorización de los registros de la propiedad

Martes, 08 de septiembre del 2026 - 17:35 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

En la continuación del proceso de fiscalización relacionado con los presuntos incrementos injustificados en los patrimonios de alcaldes, alcaldesas, prefectos y prefectas del país, la Comisión de Gobiernos Autónomos recibió información de la Dirección Nacional de Registros Públicos (DINARP).

Su director nacional, Paolo Grijalva, detalló la categorización de los registros de la propiedad a escala nacional y las condiciones tecnológicas que determinan su capacidad para interoperar con otras instituciones del Estado.

El funcionario explicó que la DINARP tiene competencia en materia de interoperabilidad estatal y ejerce atribuciones exclusivas sobre la gestión registral y financiera de los registros mercantiles. En el caso de los registros de la propiedad, su intervención se circunscribe a la actividad registral, sin abarcar los ámbitos administrativo y financiero.

Precisó que esta actividad comprende los procesos relacionados con la gestión de libros, inscripciones y archivos.

En cuanto a la información sobre funcionarios públicos de elección popular de los gobiernos autónomos descentralizados (GAD), Grijalva señaló que la entidad desarrolló una clasificación a escala nacional para determinar cuáles cuentan con las condiciones necesarias para conectarse e intercambiar información con otras instituciones.

En este contexto, informó que existen 15 registros de la propiedad puros, 206 con facultades mercantiles y 14 registros mercantiles en el país.

Explicó que, durante este año, se evaluaron las condiciones tecnológicas de estas entidades para identificar aquellas que pueden interoperar y las que presentan limitaciones. Entre las principales dificultades se encuentran la falta de sistemas informáticos adecuados y de archivos digitalizados, situación que restringe el acceso y la disponibilidad de los datos.

La categorización contempla dos niveles. La categoría uno corresponde a los registros que presentan obsolescencia tecnológica o que no reúnen, actualmente, las condiciones necesarias para interoperar. La categoría dos incluye a aquellos que sí pueden hacerlo, conforme a los estándares internos establecidos por la DINARP.

Grijalva indicó que existen avances en la modernización de estas entidades; sin embargo, todavía no se dispone de la totalidad de la información correspondiente a los registros de la propiedad del país.

Como parte del proceso de fiscalización y previo a la elaboración del informe, la Asamblea Nacional solicitó información a diversas instituciones, entre ellas la Contraloría General del Estado y el Servicio de Rentas Internas (SRI), con el propósito de contrastar los datos disponibles y aportar mayores elementos para el análisis de la Comisión.

AM

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