Indecopi - Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual

08/24/2026 | Press release | Distributed by Public on 08/24/2026 12:14

Tres entidades financieras fueron sancionadas por impedir o dificultar que los consumidores presenten reclamos

En primera instancia administrativa, la Comisión de Protección al Consumidor N° 3 del Indecopi dispuso sancionar a Banco Ripley S.A., Banco Interamericano de Finanzas y Santander Consumer Bank S.A por impedir o dificultar que los consumidores presenten sus reclamos, al exigir requisitos adicionales que no están contemplados en la normativa de protección al consumidor. Las multas impuestas a las tres entidades financieras ascienden a un total de 51.12 UIT (S/281 160).

Las conductas fueron detectadas tras investigaciones de oficio realizadas por la Dirección de Fiscalización del Indecopi, que evaluó tanto oficinas de atención al público como canales no presenciales. Entre las trabas identificadas, se exigía acreditar la condición de cliente, realizar solicitudes previas, presentar documentación o evidencias adicionales, o que el motivo del reclamo estuviera previamente contemplado en sus sistemas.

El Indecopi recordó que las empresas no pueden imponer condiciones adicionales para la presentación de reclamos y deben garantizar su registro efectivo. Esto resulta especialmente relevante cuando una persona busca reclamar, por ejemplo, por comunicaciones comerciales realizadas sin su consentimiento, pues exigirle previamente la condición de cliente podría impedirle ejercer este derecho.

La decisión corresponde a la primera instancia del Indecopi y no agota la vía administrativa. Las entidades en cuestión pueden presentar un recurso de apelación dentro de los 15 días hábiles siguientes a la notificación de la resolución, el cual será evaluado por la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi.

Las resoluciones son públicas y pueden ser consultadas en el siguiente enlace https://servicio.indecopi.gob.pe/buscadorResoluciones/proteccion-consumidor.seam, digitando 034-2026/CC3 (Banco Ripley), 035-2026/CC3 (Banco Interamericano de Finanzas) y 037-2026/CC3 (Santander Consumer Bank).

Se precisa que el Indecopi respeta las decisiones adoptadas por sus órganos resolutivos, en el marco de la autonomía técnica y funcional que la ley les reconoce para el ejercicio de sus funciones, según lo dispuesto en artículo 12.1 del Decreto Legislativo 1033, Ley de Organización y Funciones del Indecopi.

Lima, 24 de agosto de 2026
Indecopi - Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual published this content on August 24, 2026, and is solely responsible for the information contained herein. Distributed via Public Technologies (PUBT), unedited and unaltered, on August 24, 2026 at 18:15 UTC. If you believe the information included in the content is inaccurate or outdated and requires editing or removal, please contact us at [email protected]